Teleasistencia Madrid solicitar es uno de los trámites más sencillos dentro de todo el sistema de apoyo a los mayores, y a la vez uno de los que más tranquilidad da a las familias: un botón de aviso que conecta directamente con un centro de atención 24 horas. Aquí te explicamos qué es exactamente, quién puede pedirlo, cuánto cuesta y cómo solicitarlo.
Qué es el servicio de teleasistencia
La teleasistencia consiste en la instalación de un terminal en el domicilio, junto con un dispositivo (pulsera, colgante o reloj) que, al pulsarse, envía una señal a un Centro de Atención que funciona las 24 horas del día, todos los días del año. El equipo de profesionales que atiende la llamada puede movilizar recursos según la situación: avisar a un familiar, activar el servicio de emergencias, o simplemente ofrecer acompañamiento y orientación en momentos de soledad o inseguridad.
Existen dos modalidades principales: teleasistencia domiciliaria fija, que solo funciona dentro de la vivienda, y teleasistencia móvil, que permite recibir el servicio también fuera de casa mediante dispositivos con tarjeta SIM.
Requisitos para solicitarla
Para teleasistencia Madrid solicitar, con carácter general se pide:
- Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid.
- Disponer de línea telefónica (fija o móvil) en el domicilio.
- Que la persona usuaria, o alguien de su entorno, sea capaz de hacer un uso adecuado del servicio.
Tienen acceso prioritario, entre otros perfiles:
- Personas mayores de 65 años que vivan solas y consten como tales en el padrón municipal.
- Todas las personas mayores de 87 años empadronadas en el municipio, independientemente de si viven solas.
- Personas mayores de 18 años con dependencia reconocida oficialmente, si el servicio está incluido en su Programa Individual de Atención (PIA).
- Personas en situación de aislamiento severo o enfermedad grave incapacitante, con informe justificativo de los servicios sociales.
Coste según capacidad económica
La aportación mensual del usuario se calcula según la Renta Mensual Per Cápita (RMPC), es decir, según su capacidad económica, con una cuota única por domicilio independientemente del número de personas beneficiarias. Los importes habituales son de 0, 6, 9 o 12 euros al mes como máximo, siendo gratuito si la RMPC es baja (por debajo de un umbral que se revisa anualmente) y también para las personas mayores de 87 años, que no pagan el servicio en ningún caso.
El recibo, cuando corresponde aportación económica, se emite dentro de los primeros diez días del mes siguiente al del servicio prestado.
Cómo se solicita
Hay varias vías para teleasistencia Madrid solicitar:
- Por teléfono: llamando al 010 (o al 914 800 010 desde fuera del municipio de Madrid capital), disponible para personas entre 65 y 87 años que vivan solas, y para mayores de 88 años en todos los casos.
- Online, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, identificándose con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- En los Centros de Servicios Sociales de tu distrito o municipio, presentando el formulario normalizado.
- A través del PIA, si ya tienes reconocida la dependencia y el servicio queda incluido dentro de las prestaciones asignadas.
Preguntas frecuentes
¿Necesito tener reconocida la dependencia para pedir teleasistencia?
No necesariamente. Las personas mayores de 65 años que vivan solas pueden solicitarla directamente sin pasar por el reconocimiento de dependencia, aunque también se puede incluir como parte del PIA si ya se tiene reconocido un grado.
¿El dispositivo funciona fuera de casa?
Depende de la modalidad. La teleasistencia domiciliaria fija solo funciona dentro de la vivienda; la teleasistencia móvil, con dispositivos GSM, sí permite recibir el servicio también en la calle.
¿Qué pasa si cambio de domicilio dentro de Madrid?
Hay que comunicarlo a los servicios sociales para que se gestione el traslado del terminal, ya que el servicio va vinculado a la vivienda donde está instalado.